Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia:
JURISDICCIÓN CIVIL:
PROCESO FASE ANTERIOR FASE POSTERIOR
Verbal/Cambiario 90,00 € 150,00 €
Ordinario 150,00 € 300,00 €
Monitorio < 3000 € 50,00 € 100,00 €
Títulos extrajudiciales 150,00 € 200,00 €
Concursal necesario 150,00 € 200,00 €
Apelación 300,00 € 800,00 €
Casación. y de infracc. 600,00 € 1200,00 €
JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
PROCESO FASE ANTERIOR FASE POSTERIOR
Abreviado 120,00 € 200,00 €
Ordinario 210,00 € 300,00 €
Apelación 300,00 € 800,00 €
Casación 600,00 € 1200,00 €
JURISDICCIÓN SOCIAL:
PROCESO FASE ANTERIOR FASE POSTERIOR
Suplicación — 500,00 €
Casación — 750,00 €
Sin embargo, el afán recaudatorio no acaba aquí, también tendremos que pagar una TASAS VARIABLES, en función de la cuantía del procedimiento:
De
A
Tipo
Máximo Variable
0 -1.000.000 € –>0,5 %
Resto –>0,25 %
En los procedimientos de cuantía indeterminada, se valorarán en 18.000€, a los efectos de calcular la tasa variable, según recoge el artículo 6.2.
Las exenciones, es decir, aquellos que no tiene que pagar o ven reducido el pago de la tasa, vienen reflejadas en el artículo 4. Las más comunes se refieren a que quedarán exentos el Orden Jurisdiccional Penal y los Beneficiarios a la Justicia Gratuita.