Por medio del presente para los profesionales del derecho se os facilita un cuadrante de los importes que hay que abonar en conceptos de tasas judiciales, haciendo una comparativa entre los precios anteriores y los actuales

Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia:

JURISDICCIÓN CIVIL:

PROCESO FASE ANTERIOR FASE POSTERIOR

Verbal/Cambiario 90,00 € 150,00 €

Ordinario 150,00 € 300,00 €

Monitorio < 3000 € 50,00 € 100,00 €

Títulos extrajudiciales 150,00 € 200,00 €

Concursal necesario 150,00 € 200,00 €

Apelación 300,00 € 800,00 €

Casación. y de infracc. 600,00 € 1200,00 €

JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

PROCESO FASE ANTERIOR FASE POSTERIOR

Abreviado 120,00 € 200,00 €

Ordinario 210,00 € 300,00 €

Apelación 300,00 € 800,00 €

Casación 600,00 € 1200,00 €

JURISDICCIÓN SOCIAL:

PROCESO FASE ANTERIOR FASE POSTERIOR

Suplicación — 500,00 €

Casación — 750,00 €

Sin embargo, el afán recaudatorio no acaba aquí, también tendremos que pagar una TASAS VARIABLES, en función de la cuantía del procedimiento:

De

A

Tipo

Máximo Variable

0 -1.000.000 € –>0,5 %

Resto –>0,25 %

En los procedimientos de cuantía indeterminada, se valorarán en 18.000€, a los efectos de calcular la tasa variable, según recoge el artículo 6.2.

Las exenciones, es decir, aquellos que no tiene que pagar o ven reducido el pago de la tasa, vienen reflejadas en el artículo 4. Las más comunes se refieren a que quedarán exentos el Orden Jurisdiccional Penal y los Beneficiarios a la Justicia Gratuita.

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Borja Pérez
Borja Pérez

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