Abogado inmobiliario en Sevilla
Una de las especialidades de nuestro despacho es el derecho inmobiliario, área en la que llevamos trabajando más de 15 años. Alquileres y compraventas de viviendas, escrituras, redacción de contratos (como el de arras, por ejemplo), viviendas de protección oficial (VPO) y un largo etcétera. Si necesitas un abogado inmobiliario en Sevilla, BJ Abogado inmobiliario en Sevilla es tu lugar. Tanto si eres una inmobiliaria como si eres un particular, comprador o vendedor de una vivienda, propietario o inquilino.
Te llamamos
COMO ABOGADO INMOBILIARIO EN SEVILLA PUEDO AYUDARTE CON...
Redacción de contratos
El alquiler o la compraventa de una vivienda son procesos que requieren de documentación, caso de contrato de arras, por ejemplo.
Resolución de problemas vecinales
Goteras, humedades, ruidos… Los problemas vecinales pueden ser infinitos y desde BJ Abogado podemos ayudarte con todos ellos.
Resolución de problemas de construcción
Dilatación de los tiempos del trabajo, incumplimiento de los puntos contemplados en el contrato…
Procedimientos judiciales
Problemas de impagos de cuotas de comunidades de vecinos, problemas de okupas, etc.
¿cómo trabajamos EN BJ ABOGADO inmobiliario en Sevilla?
1
Contacto
En BJ ABOGADO estamos disponibles tanto por teléfono como por correo electrónico. En ambos casos, respondemos al momento o en poco tiempo.
2
Firma
Agendamos una cita de una hora de duración, aproximadamente, para conocer tu situación y plantear alternativas.
3
Reunión
Conocida la dificultad de la situación, generamos un presupuesto cerrado y limitado en el tiempo, que normalmente es de una semana.
4
Firma
En la hoja de encargo. se recogen los datos de abogado y cliente, los servicios contratados, su coste y lo correspondiente a la LOPD.
5
Trabajo
Nos ponemos manos la obra y trataremos tu caso sin perder de vista que trabajamos con personas y no con números de expediente.
¿Por qué confiar en nosotros?
Servicio premium
Puedes contar con un área de cliente en el que consultar el devenir en tiempo real de tu caso: documentación presentada, respuesta de la parte contraria, etc.
Respuesta rápida
Nos comprometemos con todos nuestros clientes a responder sus llamadas no respondidas dentro de las 24 horas siguientes.
Transparencia
Antes de presentar cualquier escrito, se lo mostramos a nuestro cliente, con quien lo comentamos para resolver todas sus dudas posibles.
Facilidades de pago
Si no puedes abordar el pago único de nuestros servicios, negociamos una forma de pago que se adapte a tus posibilidades.
¿TIENES PREGUNTAS PARA TU ABOGADO INMOBILIARIO EN SEVILLA?
El propietario es la persona que debe pagar los servicios de la inmobiliaria, ya que es quien tiene el derecho sobre la vivienda y es, por tanto, quien contrata los servicios de un intermediario para vender o alquilar su inmueble.
No. La actual Ley de la Vivienda establece que solo se puede cobrar los servicios al propietario/vendedor del inmueble.
El doble del dinero aportado en la firma del contrato de arras. En estos casos, es recomendable incluir esta posibilidad como una de las cláusulas de dicho contrato o, al menos, especificar que el mismo queda regulado por la legislación española aplicable al derecho de la contratación del Código Civil.