Petición de antecedentes penales

Cómo se pide un certificado de antecedentes penales y cuánto cuesta

Un certificado de antecedentes penales es un documento que permite acreditar la carencia de antecedentes penales de una persona, o, en su caso, laexistencia de los mismos. Lo puede pedir un particular para sí mismo o para un tercero al que represente legalmente.

Registro Central de Penados y Rebeldes:

En este Registro se deja constancia de los antecedentes penales, en virtud de los datos que le sean enviados por los Juzgados, Tribunales y organismos competentes. El Registro archiva y custodia los antecedentes penales y facilita a los Tribunales, Juzgados y organismos competentes los datos relativos a los mismos.

El Registro Central de Penados no es un registro público en España, lo que supone que cualquier persona no puede obtener datos relativos a los antecedentes penales de otra persona, sino que ha de ser el propio titular de los antecedentes quien los solicite, o sus representantes legales, que pueden solicitar el correspondiente certificado de antecedentes penales.

Solicitud directa por el interesado:

Según la web del Ministerio de Justicia, cuando el certificado de penales lo solicita directamente el interesado, la solicitud se efectuará obligatoriamente a través de un formulario oficial llamado Modelo 790, acompañada obligatoriamente del DNI en vigor. Previamente, y también a través del Modelo 790, deberá liquidarse la tasa por la solicitud del certificado (de 3,66 euros desde enero 2014).

Cuando el certificado se solicita en representación del interesado, el representante deberá presentar su D.N.I. en vigor cuando se trate de españoles, o su pasaporte o tarjeta de residencia en vigor si es extranjero, fotocopia compulsada del D.N.I. o del pasaporte o tarjeta de residencia en vigor del interesado al que se representa y la documentación acreditativa de dicha representación.

La presentación de la solicitud deberá contener:

-Ejemplar para la administración del impreso modelo 790 de solicitud.

-DNI en vigor, cuando se trate de españoles o el pasaporte o tarjeta de residencia en vigor para extranjeros.

-Cuando el certificado se solicita en representación del interesado Además de la documentación anterior, el representante deberá adjuntar una fotocopia compulsada de su DNI en vigor, cuando se trate de españoles o el pasaporte o tarjeta de residencia en vigor para extranjeros, y la documentación que le legitime para la representación.

-Justificación de la liquidación de la tasa, que se podrá acreditar de cualquiera de las siguientes maneras:

-Aportando el documento acreditativo de haber realizado el trámite mediante certificado digital a través de la pasarela de pagos de la web del Ministerio;

-Autoliquidación de la tasa en alguna entidad financiera española que sea colaboradora de la Agencia Tributaria y tenga sucursal en el país desde donde se solicita el certificado;

-Aportando el original del justificante de haber efectuado el ingreso del importe de la tasa mediante transferencia en la cuenta restringida del Ministerio de Justicia (ver página web del Ministerio).

Tasa de solicitud:

Para poder solicitar un certificado de penales, hay que pagar una tasa de 3,50 euros (febrero 2010) 3,66 euros (enero 2014) por medio del formulario oficial, Modelo 790.

Este Modelo 790, además de descargarse en la página web del Ministerio de Justicia, se puede obtener en:

Registros Civiles de toda España:

Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.

Una vez cumplimentado el formulario, se puede pagar la tasa de 3,66 euros en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito colaboradora en la recaudación tributaria (la práctica totalidad de las mismas) para efectuar la liquidación.

Validez:

El certificado de antecedentes penales tiene un periodo de validez de 3 meses a partir de la fecha de expedición del mismo.

Ahorra dinero:

Solicitar uno mismo un certificado de penales supone un esfuerzo, pero sólo pagaremos 3,66 euros frente a los 60 euros que de media te cobran empresas de servicios, gestorías, etc., así que no lo dudes, recurre a la web del Ministerio de Justicia y ahorra dinero.

Fuentes:

Elaboración propia y

Ministerio de Justicia

www.mjusticia.es

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