El pasado día 20.12.13 en el penúltimo Consejo de Ministros del presente año en curso el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 16/13, 20.12 de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad delos trabajadores, publicado en el BOE al día siguiente de su aprobación.
En dicha norma se pueden destacar, entre otras, las siguientes novedades:
1.- Simplificación contractual.
2.- Prohibición de las horas extras en los contratos a tiempo parcial.
3.- Modificación de jornada por cuidado de hijo a cargo.
4.- Período de prueba en los contratos temporales.
Acto seguido, en el presente artículo la pretensión del mismo no es entrar pormenorizadamente a efectuar un estudio y desgranar cada novedad, sino dar las pautas básicas sobre el presente y novedoso Real Decreto-Ley. Para ello vamos a dar las pautas más importantes de cada una de las novedades de la presente norma.
1.- Simplificación contractual.
El extremo más novedoso de la misma es que se ha producido con el presente Real Decreto-Ley una simplificación de las clases de contratos laborales, pasando de 42 a tan solo 4, tales como los siguientes:
– Contrato Indefinido.
– Contrato temporal.
– Contrato de formación y aprendizaje.
– Contrato en prácticas.
Según la Ministra del ramo el objetivo de dicha modificación no es otro que facilitar a los empleadores, y especialmente a las pymes y autónomos, los trámites de contratación y el conocimiento de bonificaciones de las que se puede beneficiar.
En dicho Real Decreto-Ley se anuncia que se pondrá al servicio del empleador un asistente virtual, que estará disponible a partir del 01.01.14. Figura que, según la Ministra Báñez, será muy útil para pymes y autónomos.
Dicho asistente virtual configura cinco pasos: Identificar tipos de empleadores y actividades a desarrollar. Determinar perfil del contratado, el tipo de jornada y de contrato.
En el presente aspecto se ha producido un importante cambio legislativo, aunque todavía en la actualidad no se ha producido el mismo en la normativa que se debería de aplicar. Dicho cambio no es otro que reunir en un único capítulo todos los incentivos y bonificaciones a la contratación, para su fácil conocimiento.
2.- Prohibición de las horas extras en los contratos a tiempo parcial.
El Real Decreto-Ley que estamos estudiando establece una novedad en este apartado, con la intención de dar un nuevo impulso a la modalidad contractual a tiempo parcial. Dicha novedad no es otra que prohibir las horas extras de los contratos a tiempo parcial.
A tal fin el Real Decreto-Ley establece las siguientes medidas, entre otras, a saber:
– Introduce una mayor flexibilidad en la gestión del trabajo en los contratos a tiempo parcial.
– Introduce medidas para permitir un mejor control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social al efecto de evitar el fraude.
Dicha prohibición no opera para los contratos indefinidos, pero introduce un nuevo sistema de horas complementarias para los contratos indefinidos a tiempo parcial sobre la base del acuerdo voluntario de las partes.
3.- Modificación de jornada por cuidado de hijo a cargo.
Una de las novedades más significativas del presente Real Decreto- Ley es la que se va a exponer a continuación: Ampliación del período de la reducción de jornada por hijos menores de los 8 años a los 12 años.
Las consecuencias de la presente medida son dos bien destacadas, a saber:
– Esta medida facilita la conciliación entre la vida laboral y familiar,
– Activa la generación de empleo, ya que posibilita la celebración de contratos para complementar aquellos que se realicen a tiempo parcial.
4.- Período de prueba en los contratos temporales.
Por otro lado, el Real Decreto-Ley limita a un mes el período de prueba en los contratos temporales de seis meses de duración, que antes no estaba regulado por norma alguna.
La norma que está siendo objeto de estudio prorroga hasta el 31.12.14 la posibilidad de celebrar contratos para la formación y el aprendizaje en material en la que no existe título de formación profesional o certificado de profesionalidad, ni centros de formación disponibles para su impartición.
El presente artículo tiene como base los resúmenes del Consejo de Ministros de la editorial Thomson Reuters 20.12.13.