¿Pantallazos como prueba judicial?
El otro día en un juicio la parte contraria presentó unos pantallazos de una red social comúnmente conocidas por todos. La pregunta es clara: ¿SON ADMISIBLES LOS “PANTALLAZOS” COMO PRUEBA EN JUICIOS?
La respuesta es clara y contundente: NO.
No os tenéis que fiar de lo que os dice un abogado, sino que el razonamiento que os de os convenza. En este caso, la respuesta negativa no la doy porque sí, sino porque me baso en unos argumentos que da el Tribunal Supremo:
- Nos encontramos ante un medio en el que no hay control de veracidad sobre las cuentas creadas.Es decir una persona se puede abrir una cuenta en nombre de otra y hacerse pasar porun tercero.
- No hay control sobre la veracidad o falsedad de los perfiles creados.
- Existe la posibilidad de manipulación de dichos perfiles y de lo que se publica en ellos.
El Tribunal Supremo dice que resulta muy necesario realizar una prueba pericial, es decir que un profesional verifique la autenticidad sobre la identidad del perfil es de quien dicen y el contenido es el correcto y que no ha sido manipulado.
Esto solo se tiene que hacer si en el juicio la parte contraria impugna dichos pantallazos. Si no los impugna están admitiendo que los mismos son verdad, pero si los impugnan están diciendo que son falsos y quien tiene que probar la veracidad de los mismos ya que son ellos quienes han presentado dicha prueba, y solo cabe que se haga mediante informe pericial.
En BJABOGADO somos especialistas en la materia, y pueden ponerse en contacto con nosotros para asesorarles de esta y cualquier cuestión judicial que necesiten. CADA PROBLEMA TIENE SU SOLUCIÓN, y para encontrarnos pueden ponerse en contacto llamándonos al 654.168.678 o enviando un mail a clientes@bjabogado.com