Si estás leyendo estas líneas es porque seguramente serás uno de los afectados por la Huelga de Iberia (personal de asistencia en tierra para pasajeros y equipajes) de estos días.
Nosotros, BJABOGADO, como despacho de abogados hemos de hacer ver cuáles son los derechos que tienes y por lo tanto habéis de tenerlo en cuenta para que no los violen o vulneren, a saber:
Derecho a la información:
Derecho a que se le entregue un documento informativo donde indiquen las normas en materia de compensación y asistencia por la cancelación de tu vuelo.
Derecho de atención:
Derecho de atención mientras esperas tu vuelo, que se desglosa en las siguientes acciones:
- Ofrecimiento de comida y bebida dependiendo del tiempo de espera.
- Alojamiento en hotel si tienen que pasar la noche.
- Transporte entre el aeropuerto y el hotel:
- En el caso que la compañía no lo ofrezca debe guardar los recibos de abono de dicha estancia para reclamarla posteriormente.
Derecho de reembolso o transporte alternativo:
Reembolso del dinero completo del billete:
- Tienes un plazo de 7 días para la reclamación desde la cancelación del vuelo en cuestión.
- También aparte de dinero se puede ofrecer bonos de viaje siempre que exista acuerdo entre tu y la compañía aérea en cuestión, es decir no es permisible que te lo impongan como medio de pago si tu no estás de acuerdo.
- Trasporte alternativo al destino final.
- Transporte alternativo en una fecha posterior que te convenga como pasajero.
Derecho de compensación:
- La compensación puede variar en una horquilla de 250€ a 600€, en función de la distancia del vuelo.
- No tendrás derecho a la compensación cuando la compañía te haya avisado con la suficiente antelación (14 días o 7 días del momento de la salida del vuelo).