Extinción pensión compensatoria

Es frecuente que lleguen clientes al Despacho con muchas dudas sobre los motivos que permiten la extinción de la pensión compensatoria que le tienen que pasar mensualmente a sus ex parejas.

La pensión compensatoria finaliza por el transcurso del tiempo fijado, por encontrar un nuevo trabajo, por convivencia matrimonial con otra persona… en definitiva, una variación de las circunstancias que se daban cuando se suscribió el acuerdo firmado por ambos cónyuges tras el divorcio. La pensión compensatoria podrá reducirse o extinguirse en el caso de que el pagador vea empeoradas sus posibilidades económicas o si quien la cobra mejora su situación.

La dificultad radica en demostrar estos extremos, desde esta parte siempre aconsejamos que si nuestro cliente es consciente del cambio en las circunstancias personales y económicas de su ex pareja y esta lo niega, será necesario el informe de un detective privado que pueda dar veracidad a estas afirmaciones.

La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en fecha de 28 de Julio de 2014, recoge un supuesto en el que se desestiman los Recursos interpuestos contra la Resolución que extinguió una Pensión compensatoria a favor de una mujer de 72 años, atendiendo a la reducción de las posibilidades económicas del obligado al pago una vez llegó a la jubilación. El importe de la pensión compensatoria rondaba los 1.200 euros, y al ex marido le quedó una pensión al jubilarse de poco más de ese mismo importe, además de tener una hija de otra relación en edad escolar.

Puede resultar imprudente hacer de la pensión compensatoria el medio de vida. Pero para dicha extinción, las diferentes Instancias Judiciales tuvieron también en cuenta que quien recibía la pensión, durante los 18 años posteriores a su Divorcio y fijación de la pensión, no hizo nada por cambiar su situación, o al menos no lo acreditó.

No intentó nunca acceder al mercado laboral o cotizar para que, al llegar a la edad de jubilación, pudiese tener otros ingresos que no fuera la pensión compensatoria. Las Sentencias dictadas en las diferentes Instancias consideraron que esa inactividad durante un período de 18 años sólo podía atribuirse a la propia actitud de la señora.

La pensión compensatoria se fija por falta de ingresos de uno de los cónyuges en el momento del Divorcio, como así queda especificado en el acuerdo firmado por ambos al producirse la disolución del matrimonio. Ello no quiere decir que esa pensión compensatoria sea de por vida, si el beneficiario/a de la misma no muestra actitud activa de búsqueda de empleo remunerado o cambian las circunstancias económicas sustancialmente o las personales, esa pensión compensatoria podría verse reducida e incluso extinguida, si se dan los requisitos exigidos para ello.

Todo dependerá de la prueba, es decir, uno de los cónyuges debe demostrar al Juez de Familia de turno el cambio sustancial en las circunstancias personales y económicas, aportando todos los documentos posibles (serán fundamental documentos donde se demuestre la disminución progresiva de ingresos, en el caso de que las condiciones económicas se hubieran visto disminuidas considerablemente desde la firma del acuerdo entre ambos cónyuges, que permitan verificar el cambio de las condiciones iniciales).

Por ello, volvemos a reiterar la necesidad de verificación mediante informe de un detective privado, permitirá al Juez de Familia una información fiable sobre el cambio sustancial en las circunstancias económicas y personales de quien cobra esa pensión compensatoria, que oculta esa circunstancia por el beneficio económico que le reporta.

En BJAbogado somos especialistas en la materia, y pueden ponerse en contacto con nosotros para asesorarles de esta y cualquier cuestión judicial que necesiten. CADA PROBLEMA TIENE SU SOLUCIÓN, y para encontrarnos pueden ponerse en contacto llamándonos al 654.168.678 o enviando un mail a clientes@bjabogado.com

Borja Pérez

Abogado profesional con gran experiencia. El compromiso de nuestro bufete de abogados es dar una respuesta ágil, de calidad y un servicio excelente.

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