Estrategia de empleo joven

Estrategia de emprendimiento y empleo joven 2013-2016.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social por medio de la web: http://www.empleo.gob.es/es/estrategia-empleo-joven/, ha elaborado un tríptico en el cual hace referencia a las medidas más importantes por las cuales se realiza la presente estrategia.

El presente artículo tiene por objeto recoger literalmente el tríptico elaborado por el gobierno, y recogido en el anterior enlace al mismo, donde se puede ver con más detalle.

¿Por qué una estrategia de empleo joven?

Facilitar la inserción laboral de los jóvenes y mejorar la situación en el mercado de trabajo constituye, a día de hoy, una de las principales preocupaciones del gobierno de España. Combatir el desempleo entre los jóvenes, se ha convertido, por tanto, en un reto que requiere una actuación urgente y decidida. La estrategia de emprendimiento y empleo joven 2013-2016 es la respuesta a este convencimiento.

Objetivos:

– Mejorarla amplia avenida de los jóvenes.

– Aumentar la calidad y la estabilidad del empleo.

– Promover la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado laboral.

– Fomentar el espíritu emprendedor.

100 medidas para el empleo:

La estrategia contiene 100 medidas encaminadas a favorecer la inserción laboral de los jóvenes, ya sea por cuenta ajena o a través del emprendimiento, que se clasifican en función de su impacto y su desarrollo temporal de ellas, 15 son las medidas de choque cuyos efectos se esperan a corto plazo:

– EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y MEJORA DE LA LEGALIDAD:

1. Extender los programas formativos dirigidos a la atención de certificados de profesionalidad y con compromiso de contratación.

El objetivo es mejorar la empleada habilidad, la cualificación y la inserción profesional de jóvenes desempleados.

2. Desarrollo de estímulos para obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria.

El objetivo es animar a los jóvenes que abandonaron los estudios de forma prematura y que ahora no encuentran empleo a obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria.

– FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO Y DEL AUTOEMPLEO:

3. Tarifa plana para jóvenes autónomos.

Se establece una cuota mínima de 50 € durante seis meses para las nuevas altas de jóvenes en la Seguridad Social.

Durante los seis meses siguientes, se aplicará una deducción sobre la base mínima de un 50% y después se mantiene una reducción y una bonificación de un 30% durante 18 meses.

– EMPRENDE CON CRÉDITOS:

4. Compatibilización entre nueve meses de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia.

Los empleadores de hasta 30 años beneficiarios de una prestación por desempleo que se den de alta en el RETA podrán continuar percibiendo su prestación durante un máximo de nueve meses.

5. Ampliación de las posibilidades de aplicación de la capitalización por desempleo.

Sobre la posibilidad de que los beneficiarios de prestación por desempleo pueden capitalizar hasta 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación.

6. Mejora de la financiación para los autónomos y los emprendedores.

Micro créditos, fondos de capital semilla, bussines angels, …

– EMPRENDE CON RED:

7. Reanudación del cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia.

Se trata de ofrecer una mayor red de protección a los autónomos, y facilitar una posible segunda oportunidad ante la inviabilidad del proyecto.

– SABER EMPRENDER:

8. Creación de oficinas de referencia en los Servicios Públicos de Empleo especializadas en el asesoramiento del emprendedor.

9. Contrato «generaciones».

El objeto de facilitar la incorporación de la experiencia a los proyectos de los jóvenes autónomos.

Así, los jóvenes que contraten de forma indefinida a desempleados de larga duración mayores de 45 años se beneficiarán de una reducción de la cuota de la empresa la Seguridad Social, por contingencias comunes del 100 % durante el primer año.

– EMPRENDIMIENTO COLECTIVO:

10. Fomento de la Economía Social y de la emprendimiento colectivo.

Bonificación de 800,00 € anuales a la cuota a la Seguridad Social durante un máximo de tres años para aquellas cooperativas y sociedades laborales que incorporen como socios trabajadores a jóvenes desempleados menores de 30 años.

Esta bonificación será de 1.650,00 € anuales para las empresas de inserción que contraten a jóvenes en riesgo de exclusión social durante todo el contrato o durante tres años en caso de contrato indefinido.

– MEJORA EN LA INTERMEDIACIÓN:

11. Canalizar y sistematizar un «portal único de empleo».

El objetivo es favorecer la búsqueda de empleo a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

– ESTÍMULOS A LA CONTRATACIÓN:

12. Contratación con «vinculación formativa».

Las empresas que contraten a jóvenes sin experiencia laboral o desempleados de larga duración, que compatibilicen empleo con formación, disfrutarán de una reducción de la cuota a la Seguridad Social de 100% si tienen menos de 250 trabajadores y el 75% se superan dicha cifra en su plantilla.

13. » Micropyme y autónomo».

Los autónomos y microempresas que contraten de forma indefinida jóvenes disfrutan de una reducción del 100 × 100 en las cuotas a la Seguridad Social durante un año.

14. Contrato «en el empleo» joven.

Destinado a que los jóvenes puedan tener su primera experiencia profesional.

Las empresas que transformen este contrato indefinido tendrán derecho a una bonificación en la cuota a la seguridad social de 500 € al año durante tres años y de 700 € si se suscribe como mujeres.

15. Contrato en «prácticas».

Las empresas que contraten jóvenes que han terminado su periodo formativo para que puedan tener su primera experiencia profesional vinculada a su tripulación disfrutarán de una reducción en la cuota a la seguridad social de hasta el 50%.

Borja Pérez

Abogado profesional con gran experiencia. El compromiso de nuestro bufete de abogados es dar una respuesta ágil, de calidad y un servicio excelente.

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