Nos pusieron un tema penal en lo alto de la mesa sobre un robo con fuerza en el que se ha tardado bastante tiempo no solo en denunciar, sino también en resolver con una importante dilación indebida por parte del órgano judicial.
Hemos recibido Auto en el que se declara prescrita la responsabilidad civil del delito.
Tema que llevamos luchando desde el 2015.
La normativa dice lo siguiente: De acuerdo con el art. 1968.2 del CC, la acción derivada de la culpa o negligencia derivada de la responsabilidad civil extracontractual prescribe al año, desde que lo supo el agraviado. Por último, la prescripción de la acción para exigir la responsabilidad civil derivada del delito es de 5 años.
Seguimos luchando por nuestros clientes.
Ver Caso 15: https://bjabogado.com/wp-content/uploads/2023/01/Caso_15_Procedimiento.pdf