Es muy frecuente estos últimos meses que lleguen clientes al Despacho manifestando que su factura de la luz se ha visto incrementada considerablemente y que el motivo debe ser por el cambio de contador que se produjo hace unos meses sin la aceptación de su consentimiento, únicamente fueron advertidos por correo y sin opción alguna.
Desde esta parte afirmamos que la sustitución por técnicos de la compañía eléctrica del contador electromagnético por otro telegestionable sin el consentimiento expreso del usuario y sin dar opción a poder elegir uno que personalmente se crea más conveniente, es ilegal. Es por ello, que a continuación trataremos de resolver las dudas existentes en relación al presente asunto con un breve expositivo.
Estos últimos meses, compañías como ENDESA sustituyen mediante técnicos contadores antiguos por otros telegestionables, es decir, de lectura a distancia, en el cual se realizan estimaciones que en la mayoría de los casos incrementan la factura mensual del usuario.
Mediante una carta comunican a los usuarios de la sustitución, sin dar opción alguna al mismo a poder negarse o elegir entre una variedad, es por ello que la empresa de suministro eléctrico está incurriendo en las siguientes ilegalidades:
– El contador electromecánico ha sido sustituido por un contador telegestionable con tecnología PLC sin haber garantizado su inocuidad para la salud.
– La carta no menciona la normativa concreta a la que hace referencia.
– La Empresa no explica como acceder a este plan de sustitución.
– El usuario no ha autorizado nada de esto.
– No se ha avisado previamente al usuario, sino cuando ya había sido sustituido, incumpliendo la normativa.
– Sustitución sin haber garantizado su inocuidad.
– Los precios de los contadores declarados muy superiores a los realmente satisfechos, por lo que estarían incurriendo en estafa.
– Los tribunales han sentenciado que no es válida la penalización facturada por la compañía eléctrica por presunta alteración del contador, si dicha alteración no es acreditada por la compañía.
– El precio de alquiler del contador cubre no sólo la reposición de éste, “sino también los costes asociados a su instalación y verificación así como a la operación y el mantenimiento”.
– Endesa impide a sus clientes su derecho a comprar el contador, pues la red de telegestión de dicha compañía no admite la conexión de contadores distintos a los fabricados por ENEL, empresa propietaria de Endesa, los cuales sólo están disponibles en alquiler.
Y así podríamos enumerar multitud de motivos que incurrirían en infracciones realizadas por la empresa suministradora de electricidad al haber sustituido el contador del consumo de luz sin consentimiento del usuario e imponiendo el tipo de contador.
En definitiva, y tras las infracciones legales, algunas de ellas enumeradas anteriormente, otorgan facultad al usuario afectado, primeramente para interponer una reclamación administrativa a la empresa suministradora, y si la misma no atendiera las alegaciones realizadas por el perjudicado, habría motivos fundados para poder interponer Demanda ante Juzgado correspondiente por las ilegalidades cometidas por la compañía eléctrica a la hora de sustituir el contador de consumo.
En BJAbogado somos especialistas en la materia, y pueden ponerse en contacto con nosotros para asesorarles de esta y cualquier cuestión judicial que necesiten. CADA PROBLEMA TIENE SU SOLUCIÓN, y para encontrarnos pueden ponerse en contacto llamándonos al 654.168.678 o enviando un mail a clientes@bjabogado.com