Baremo tráfico 2017

Es frecuente que acudan clientes al Despacho que han sufrido accidentes de circulación y una de las preguntas más frecuentes que nos suelen realizar en relación a este asunto es: ¿Cuánto se cobra por días impeditivos y por secuelas que se hayan podido derivar tras haber sufrido el accidente? Debido a ello, en el siguiente expositivo, trataremos de despejar las posibles dudas que pudieran surgir en relación a este asunto.

Comenzado el nuevo año, el baremo de tráfico para 2017 se actualiza como sucede cada año en lo que se refiere a indemnización por lesiones, tanto en concepto de días de sanidad (lesiones temporales) como por secuelas.

Habitualmente, en los meses de Febrero-Marzo de cada año, el Ministerio de Hacienda publicaba las actualizaciones de las cantidades indemnizables en conceptos de días de baja y puntos de secuela. Estas actualizaciones se calculaban en base al incremento del IPC, creciendo las indemnizaciones al mismo ritmo que la evolución económica.

El Baremo de 2017 es, como ha sucedido en años predecesores, una actualización del Baremo anterior, con una diferenciación de importancia, en lugar de calcular dicha actualización en base al Índice de precios al Consumo y debido a la introducción de una nueva ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en unas tablas que quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de Enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización  de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, un sin sentido, a sabiendas que la revalorización de pensiones suele ser mínima en épocas de crisis.

La indemnización por Secuelas en accidentes de circulación será la suma de cantidades por los siguientes conceptos:

Perjuicio personal básico: unas simples secuelas.

Perjuicio personal particular: complemento de lo anterior si concurren causas que hacen más grave la secuela.

Perjuicio patrimonial: daño emergente (gastos que implica la secuela) y lucro cesante (dinero que dejamos de ganar por cada secuela).

Las reglas de valoración tienen en cuenta únicamente las secuelas y las lesiones  temporales sufridas, en el caso de las secuelas sin tomar en consideración la edad o el sexo del lesionado, ni la repercusión de las secuelas en sus diversas actividades. Si tendrán en cuenta en cambio el perjuicio por pérdida de calidad de vida o gastos de asistencia sanitaria futura, adecuación de vivienda, la ayuda de terceras personas, lucro cesante…

Respecto a las lesiones temporales sufridas, son todas las que sufre el accidentado hasta su total curación (o paso a secuela), se establece un perjuicio personal básico de 30,075 € por días, pero se establecen otras cantidades muy superiores en caso de perjuicio particular (de hasta 100,25 € diarios en los casos más graves), así como el perjuicio personal particular por cada intervención quirúrgica (de 401,00 € a 1604,00 € por intervención).

A continuación exponemos las cantidades indemnizables por días impeditivos:

Días muy graves: 100,25 €.

Días graves: 75,18 €.

Días moderados: 52,13 €.

Días básicos: 30,075 €.

En definitiva, El Baremo de tráfico de 2017 será el resultado de adicionar un 0,25% a las indemnizaciones fijadas por el año anterior, un incremento ridículo a tenor del incremento de las pensiones, que como se ha dicho anteriormente, en épocas de crisis como la actual, los incrementos son mínimos.

En BJAbogado somos especialistas en la materia, y pueden ponerse en contacto con nosotros para asesorarles de esta y cualquier cuestión judicial que necesiten. CADA PROBLEMA TIENE SU SOLUCIÓN, y para encontrarnos pueden ponerse en contacto llamándonos al 654.168.678 o enviando un mail a clientes@bjabogado.com

Borja Pérez

Abogado profesional con gran experiencia. El compromiso de nuestro bufete de abogados es dar una respuesta ágil, de calidad y un servicio excelente.

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