Hemos de hacer valer nuestros derechos también ante un contrato verbal. Por medio del presente presente exponemos como.

Es muy frecuente que lleguen clientes al Despacho solicitando información sobre la validez legal que pueda tener un contrato verbal que han realizado.

Aunque este no es el procedimiento más recomendable desde el punto de vista de la seguridad jurídica, debido a que dicha situación puede dar lugar a múltiples interpretaciones y/o malentendidos, este tipo de contrato tiene la misma validez ante la ley que un contrato escrito, siempre y cuando se pueda demostrar su existencia por parte de una de las partes.

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Los contratos

Los contratos son acuerdos de voluntades y pueden tomar diversas formas. La forma contractual es el medio a través del cual se exterioriza el consentimiento de las partes.

El artículo 1278 del Código Civil establece que “Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez”.

En este sentido, el artículo 1261 del Código Civil dispone que: “No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes”:

  1. Consentimiento de los contratantes.
  2. Objeto cierto que sea materia de contrato.
  3. Causa de la obligación que se establezca.

Acuerdo verbal

Al referirnos a un acuerdo verbal lo hacemos respecto a aquel tipo de contratos convenidos entre las partes oralmente, es decir, de palabra, por el que las partes contratantes están de acuerdo sobre su objeto y precio y manifiestan de forma clara su consentimiento de celebrar el mismo.  Este acuerdo, sin embargo, no se formaliza ni consta en ningún soporte documental.

Además, el contrato verbal requiere capacidad legal entre las partes contratadas para poder ejercer sus derechos y que el objeto de contrato sea lícito y no quebrante las leyes vigentes.

Existen una serie de contratos que por ley, son obligatorio que consten por escrito y estos vienen recogidos en el artículo 1280 del Código Civil,  como en el caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública ante Notario.

Formas de aportar validez probatoria a nuestro contrato verbal

Aunque los contratos verbales, como hemos aclarado, son perfectamente legales, plantean un gran problema debido a que es complicado probar su existencia en caso de incumplimiento. Puede ser que resulte difícil probar su existencia porque una de las partes lo niega, o que ambas acepten su existencia pero estén en desacuerdo respecto al contenido.

La carga de la prueba de la existencia del contrato la tiene quién demanda.

Existen distintas formas de aportar validez probatoria a nuestro contrato verbal:

  • Testigos: los testigos son una prueba admitida por el Derecho, por lo que es posible demostrar la existencia del acuerdo o alguna condición del contenido si ellos estaban presentes en el momento que se celebró. En ese caso, es preciso contactar con esa persona y solicitarle una declaración por escrito.
  • Actos concluyentes: Pueden ser actos anteriores, simultáneos o posteriores que muestren la intención de contratar de ambas partes. Algún hecho que pueda demostrar que el contrato se llevó a cabo (sms, grabación…).
  • Hechos concluyentes: Hechos que puedan demostrar que el contrato verbal realmente se celebró.
  • Documentos: es posible que no haya un contrato por escrito detallando los términos pero sí que se conserven recibos bancarios, facturas, emails, WhatsApp y otro tipo de documentos que pueden demostrar su existencia.

Ejemplos de contratos verbales podrían ser el de recogida de un paquete, depósito de un pago o reparto de las ganancias obtenidas de una participación de lotería premiada.

Validez del contrato verbal

En definitiva, el contrato verbal tendrá validez siempre y cuando el contenido se pueda demostrar mediante cualquier medio admitido por el derecho y podrá celebrarse siempre y cuando la ley no obligue a formalizarlo por escrito.

Como vemos, aunque un contrato verbal es plenamente eficaz, siempre es mejor dejar constancia del contrato por escrito. No hay que olvidar que “las palabras se las lleva el viento”, mientras que lo que ha quedado escrito se puede probar más fácilmente, lo cual nos facilitará mucho en futuros problemas.

En BJAbogado somos especialistas en la materia, y pueden ponerse en contacto con nosotros para asesorarles de esta y cualquier cuestión judicial que necesiten. CADA PROBLEMA TIENE SU SOLUCIÓN, y para encontrarnos pueden ponerse en contacto llamándonos al 654.168.678 o enviando un mail a  clientes@bjabogado.com

Jurisprudencia

La Sentencia CIVIL Nº 140/2020, Audiencia Provincial de Navarra, Sección 3, Rec 133/2020 de 10 de Marzo de 2020 ha admitido como prueba fehaciente de existencia de contrato verbal los siguientes actos y hechos:

  • Facturas
  • Pagos
  • Tabla excell que recapitula todas las operaciones realizadas y no pagadas
  • El cruce de correos electrónicos en que se hace referencia a estos cálculos de la tabla excell

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Borja Pérez
Borja Pérez

Abogado profesional con gran experiencia. El compromiso de nuestro bufete de abogados es dar una respuesta ágil, de calidad y un servicio excelente.

5 comentarios

  1. Tengo una terraza arriba de mi casa, y construimos dos habitaciones utilizando parte de la misma. Los dos vecinos delos lados me dieron permiso para construir utilizando toda la medianera. Ahora uno de ellos, después de 16 años me dice que igual queme dio permiso en su momento, ahora dice que no, y como nos quejamos porque hacen barbacoas y me entra todo el humo y olor en mi casa, nos amenaza con que ya no se acuerda del trato, porque era verbal y no hay nada escrito. Que se puede hacer?

  2. Buenas, espero que estén bien. soy estudiante de primer año de derecho y tengo el honor de haber leído vuestro artículo sobre los contratos verbales pero sigo con una duda sobre los contratos verbales.
    Me gustaría saber si es posible realizar un contrato comercial international verbalmente ?. Muchas gracias.

  3. Buenas, espero que estén bien. soy estudiante de primer año de derecho y tengo el honor de haber leído vuestro artículo sobre los contratos verbales pero sigo con una duda sobre los contratos verbales.
    Me gustaría saber si es posible realizar un contrato comercial international verbalmente ?. Muchas gracias.

  4. Hola buenos días tengo una pregunta hace 25 años mi padre compro 300m2 de terreno a una persona ,que nos dejo entrada, camino hasta el ultimo terreno, que es el nuestro el padre de la chica le dijo a mi padre que coja el pedazo de terreno del camino, que es el ultimo terreno y nadie pasa por ahí que le pertenecía a el lleva mas de 25 años el terreno vallado y construido una casa .hay alguna forma de legalizarlo a nuestro nombre , siempre hay una tensión por parte de la chica, aun que no lo reclamo vía judicial al no reclamarlo dúrate estos años podríamos reclamarlo.
    lo ultimo le pedí permiso para poner el contador de agua en un muro de su vallado y me dejo ponerlo ya hace casi un año, ahora cambio de o piñón me esta reclamando que lo quite, esta tarde cuando llegue a casa de mi madre estaba con un martillo eléctrico demoliendo la caja del agua del contador ,reclamo al de la compañía del agua la retirada del mismo, al no retirar el contador allá sin mediar palabra con martillo en mano se dispuso manos a la obra tomar la justicia por su mano, espero me pueda ayudar muchas gracias de ante mano, saludos

    Atentamente

    José M. porto

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